Diego Gallegos

Costa Rica
  

Inversión extranjera en bonos de deuda costarricense

30 de Julio de 2026

Arias | Diego Gallegos, Socio en ARIAS Costa Rica y experto en banca y mercados de capitales, presenta este artículo sobre las consideraciones legales para inversionistas extranjeros interesados en bonos de deuda costarricense.

El artículo 121, inciso 15 de la Constitución Política limita la facultad legal del Gobierno de Costa Rica para emitir bonos respaldados por deuda soberana en mercados internacionales. En consecuencia, cualquier emisión de deuda externa, incluidas las emisiones bajo la Regla 144A/Regulación S en los Estados Unidos, requiere aprobación previa de dos tercios de la Asamblea Legislativa. Dado que las condiciones para una emisión internacional no siempre se cumplen, Costa Rica ofrece dos tipos de instrumentos que pueden ser adquiridos por inversionistas extranjeros: bonos de deuda interna y bonos de deuda externa.

En el caso de los bonos de deuda externa, los inversionistas extranjeros que ya estén familiarizados con emisiones bajo la Regla 144A generalmente no necesitan analizar consideraciones legales adicionales y pueden basarse en la normativa de negociación, información, mecanismos de pago y demás procedimientos ya establecidos.

Los bonos de deuda interna generalmente ofrecen una tasa de interés más atractiva en comparación con los bonos de deuda externa y pueden ofrecerse en moneda local, el colón costarricense, que se ha apreciado más de un 30% frente al dólar estadounidense en los últimos cuatro años, no obstante, también requieren conocimiento y comodidad con las regulaciones locales.

Los extranjeros pueden participar en el mercado de valores costarricense cumpliendo con la normativa local. Para ello, primero deben contratar a un puesto de bolsa y un custodio, quienes podrán comprar, custodiar y vender títulos valores en su nombre.

Los bonos de deuda interna son instrumentos de deuda pública que prometen pagar principal más intereses. Son autorizados mediante la Ley de Presupuesto, emitidos por el Ministerio de Hacienda y respaldados por el Gobierno Central. La Tesorería Nacional define los términos de cada emisión, incluyendo la tasa de interés, ya sea fija o variable; la moneda, que puede ser dólares estadounidenses, colones costarricenses u otra moneda; cualquier descuento; y otras características relevantes. Los pagos de intereses y principal se realizan a través del puesto de bolsa en las cuentas designadas y luego son depositados por el puesto de bolsa en la cuenta del cliente.

Los bonos de deuda interna se negocian a través del Sistema de Anotación en Cuenta (SAC) del Banco Central. El Banco Central administra el registro de emisiones soberanas y públicas. Una vez que ocurre la liquidación, el custodio registra la transacción en el SAC, el cual mantiene el registro de los tenedores finales de los valores.

Todas las operaciones se ejecutan a través de la Bolsa Nacional de Valores, S.A. (BNV). La BNV compensa las operaciones del mercado nacional de valores y transmite las posiciones netas de valores y efectivo por medio del servicio de liquidación del mercado, para su liquidación en las cuentas que las entidades custodias y de liquidación mantienen en el Banco Central.

Además de la naturaleza legal, la logística de negociación y los mecanismos de liquidación descritos anteriormente, los inversionistas extranjeros también deben considerar las implicaciones fiscales al invertir en bonos de deuda interna. Cualquier análisis fiscal debe abordar consideraciones sobre establecimiento permanente y retención en la fuente. El análisis de establecimiento permanente requiere revisar varios factores, pero invertir en bonos locales sin ninguna actividad adicional no debería, por sí solo, constituir fundamento para determinar que existe un establecimiento permanente. Los inversionistas extranjeros también deben considerar que cualquier ingreso por intereses transferido al exterior estará sujeto a una retención en la fuente del 15%, que deberá ser retenida por el custodio o el puesto de bolsa, según corresponda.

En resumen, los inversionistas extranjeros que deseen invertir en bonos respaldados por Costa Rica pueden adquirir tanto bonos emitidos internacionalmente como bonos emitidos localmente. Si bien los bonos de deuda externa ofrecen mayor familiaridad para los inversionistas extranjeros, los bonos de deuda interna pueden ofrecer mayores rendimientos y exposición a la moneda local. Al procurar este mayor rendimiento, los inversionistas deben sentirse cómodos con el funcionamiento de las regulaciones del mercado de valores, así como con la posible exposición fiscal de su inversión. En Arias hemos asesorado a varios clientes en estructuras que involucran bonos locales y seguimos observando interés de inversionistas extranjeros en este tipo de instrumentos por lo que lo invitamos a contactarnos si tienen interés o consultas sobre este tema.

ariaslaw.com

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