Galicia - El pasado 12 de marzo de 2024, la Secretaría de Energía ("SENER") publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo por el que deja sin efectos los acuerdos1 que modificaban los lineamientos que establecían los requisitos para el otorgamiento de Certificados de Energías Limpias ("CEL") emitidos por la propia SENER para permitir el otorgamiento de dichos instrumentos a las centrales eléctricas limpias que hubieren iniciado operaciones previo a 2014 -mayormente propiedad o al servicio de la Comisión Federal de Electricidad- sin necesidad de realizar nuevas inversiones para incrementar la producción de energía a base de fuentes limpias.
La SENER dejó insubsistentes los acuerdos a raíz de una sentencia por la que el Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, le concedió el amparo a la parte quejosa al considerar que los mismos violan derechos fundamentales en materia ambiental y principios de libre competencia establecidos en la Constitución Federal.
Si bien la sentencia del Juez de Distrito fue recurrida, el Tribunal Colegiado de Circuito que conoció del recurso confirmó la concesión del amparo. Como parte de la sentencia de amparo se ordenó a la SENER dejar sin efectos los acuerdos y restablecer la vigencia de los lineamientos de 2014 que establecían los criterios para el otorgamiento de los CEL.
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