Ignacio Alonso
Senior Associate, BLP Costa Rica
Existe una noción generalizada de que es siempre en beneficio de las generaciones futuras, pero con frecuencia se pasa por alto una de las mayores ventajas de una buena planificación patrimonial: la posibilidad de personalizar un conjunto de principios y directrices que regirán la gestión del patrimonio en favor del beneficiario principal, una vez que éste ya no pueda hacerlo por si solo.
Los devastadores efectos de la pandemia COVID-19 reforzaron la conciencia respecto a la vulnerabilidad humana: ya sea por discapacidades psicológicas o físicas, el devenir en incapaz de autogestionar su propio patrimonio puede ocurrir de forma rápida e inesperada. No obstante, la mayoría de las jurisdicciones, incluyendo la de Costa Rica, no contemplan disposiciones legales que aborden de forma eficiente la administración del patrimonio de quien aún en vida, se ve imposibilitado a hacerlo directamente. Es por eso, que ante la inexistencia de una estrategia patrimonial adecuada y voluntaria, el propietario del patrimonio puede verse obligado a soportar condiciones incómodas que podrían haberse impedido de otro modo. La dificultad de acceder a su patrimonio podría imposibilitar que disfrute del nivel de comodidades, atención médica y otros servicios que podrían ser cubiertos de su patrimonio, resultado de muchos años de arduo trabajo y compromiso continuo.
Aunque se trate de un tema polémico, cada vez es más aceptada la discusión respecto a si quien enfrenta una condición médica grave, dolorosa o terminal debe o no tener derecho a decidir sobre el control de su proceso de muerte. Una serie de desarrollos médicos, tecnológicos y legales han otorgado a las personas la oportunidad de elegir, bajo circunstancias específicas, el terminar voluntariamente con sus vidas y, por lo tanto, tener control sobre el proceso de su fallecimiento. DIGNITAS, una sociedad suiza sin fines de lucro fundada en 1998, ha sido pionera en alentar, implementar y procurar la libertad de elección, la autodeterminación y la responsabilidad propia, en la vida y al final de la vida, haciendo posible la controversial muerte asistida. "Vivir con dignidad-Morir con dignidad" es el lema de DIGNITAS.
Además de asegurar que se cubran las necesidades personales ante un evento inesperado que resulte en una discapacidad física o cognitiva, una correcta planificación patrimonial podría evitar que quienes dependen del patrimonio de la persona afectada (menores y personas con necesidades especiales, por ejemplo) enfrenten una situación desafortunada. El único sustento económico de los dependientes podría verse suspendido, o bien, desaparecer indefinidamente…
A diferencia de otras jurisdicciones, la legislación costarricense no contempla la herencia forzosa. Excepto en circunstancias específicas, una persona tiene total flexibilidad para determinar a quién(es) designar como heredero(s) y la forma de distribuir los activos entre; lo anterior, siempre que el difunto haya adoptado un enfoque proactivo para implementar una planificación patrimonial. Si no se implementa un plan patrimonial, la herencia se distribuirá de acuerdo con las disposiciones legales, que podrían no estar alineadas con los deseos del difunto.
Al diseñar un plan patrimonial personalizado, el interesado puede explorar las diferentes opciones y adaptarlas a sus necesidades particulares, a la naturaleza de los bienes que conforman el patrimonio, así como a la ubicación de dichos bienes. Una planificación patrimonial apropiada, que se revisa y actualiza continuamente, funciona como una excelente herramienta para proteger el patrimonio. Además de asegurar los intereses de los beneficiarios, un adecuado plan patrimonial garantizará una distribución expedita y fiscalmente eficiente de la herencia y, en algunos casos, incluso evitará conflictos entre los herederos, que muchas veces conducen a discrepancias y rupturas de lazos familiares.
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