John Q. Foster, abogado asociado de Diaz Reus
En algún momento de este mes, un responsable de cumplimiento normativo está preparando un informe para la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de EE. UU. en el que se enumeran tus tokens bloqueados; o quizá nadie esté preparando dicho informe porque tus tokens nunca llegaron a bloquearse. El plazo para presentar el Informe Anual de 2026 sobre Bienes Bloqueados vence el 30 de septiembre, y las directrices de presentación de la OFAC incluyen los activos digitales y las criptomonedas entre los tipos de activos que deben declararse.
El hecho de que tus tokens hayan sido bloqueados en virtud de las sanciones de la OFAC o congelados por otro motivo determina qué puedes hacer a continuación. Sin embargo, es posible que la notificación de la plataforma de intercambio de criptomonedas solo indique que tu cuenta está «en revisión», sin precisarte si la plataforma ha impuesto su propia restricción, ha aplicado una congelación por parte del emisor de una moneda estable, ha bloqueado los tokens en virtud de las sanciones de la OFAC o ha respondido a un procedimiento gubernamental.
Esos mecanismos pueden parecer idénticos, pero pueden implicar distintos responsables de la toma de decisiones, procedimientos y plazos. Elegir la vía equivocada puede costar meses.
Cuatro mecanismos, un mismo síntoma
OFAC administra regímenes de sanciones que exigen a las personas estadounidenses bloquear determinados bienes. La persona que posee o controla dichos bienes —a menudo una plataforma de intercambio o un custodio— ejecuta el bloqueo denegando el acceso a los mismos. Sin embargo, no toda cuenta congelada refleja un bloqueo de OFAC.
Bloqueo por sanciones. Una persona estadounidense determina que los bienes que obran en su poder o bajo su control están sujetos a una obligación de bloqueo. El titular debe denegar el acceso y comunicar la existencia de dichos bienes.
Restricción de la plataforma. Una plataforma de intercambio o un custodio restringe una cuenta en virtud de sus propios controles de cumplimiento normativo o de gestión de riesgos. Esta decisión empresarial no implica que los bienes estén legalmente bloqueados.
Congelación a nivel del emisor. Un emisor de monedas estables utiliza controles técnicos para impedir transferencias relacionadas con una dirección determinada. Puede actuar en virtud de políticas privadas, en respuesta a actuaciones gubernamentales o para cumplir con las sanciones u otras disposiciones legales.
Incautación o inmovilización gubernamental. Una orden judicial de registro, una orden de incautación, una orden de inmovilización o un procedimiento de decomiso somete los bienes al control del Gobierno o restringe su disposición.
Las categorías pueden solaparse. El primer objetivo es identificar todos los fundamentos alegados para la restricción.
Preguntar al titular qué ha ocurrido
Los abogados deben pedir al titular que identifique la autoridad jurídica invocada, cualquier programa de sanciones aplicable y el interés bloqueado, si el titular presentó una comunicación sobre bienes bloqueados, cualquier identificador asignado a través del OFAC Reporting System («ORS») y cualquier actuación gubernamental relacionada, disposición contractual o política interna aplicable.
Una persona estadounidense que posea bienes bloqueados debe presentar un informe inicial «dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que los bienes pasen a estar bloqueados». 31 C.F.R. § 501.603(b)(1)(i). Los bienes que continúen bloqueados y en poder del titular a 30 de junio del año en curso deben incluirse en un informe anual cuyo plazo de presentación finaliza el 30 de septiembre. 31 C.F.R. § 501.603(b)(2)(i). La moneda virtual bloqueada está sujeta al mismo calendario, y no se exige a una persona estadounidense convertirla en moneda fiduciaria ni depositarla en una cuenta remunerada. OFAC FAQ 646.
Solicite confirmación de que el informe fue presentado, una copia si el titular está dispuesto a facilitarla y cualquier identificador ORS. No obstante, el silencio no es concluyente: la normativa exige comunicar la información a OFAC, pero no obliga al titular a facilitarla al propietario.
Tres procedimientos de OFAC que deben distinguirse
Una vez confirmado el bloqueo por sanciones, el procedimiento adecuado dependerá de lo que se esté impugnando.
Una licencia específica autoriza una operación que, de otro modo, estaría prohibida. Puede solicitarla cualquier persona que tenga un interés en la operación o en la operación propuesta. 31 C.F.R. § 501.801(b)(1), (b)(2)(i).
El procedimiento por bloqueo erróneo se aplica a bienes que fueron bloqueados y comunicados aunque no existiera ningún interés susceptible de bloqueo. Las directrices de OFAC permiten al titular desbloquear los bienes y comunicar su liberación, o solicitar una Compliance Release conforme a 31 C.F.R. § 501.806. Ambas vías corresponden a la parte que bloqueó los bienes. El propietario debe involucrar al titular y también puede solicitar una licencia específica. OFAC FAQ 1196.
Una petición de exclusión de la lista impugna la propia inclusión en la lista de sanciones. Está disponible para una persona sancionada o para una persona que posea una participación mayoritaria en bienes bloqueados o sujetos de otro modo a sanciones. 31 C.F.R. § 501.807(a).
Según nuestra experiencia, algunas restricciones resultan ser privadas y no bloqueos de OFAC. Un emisor de monedas estables puede haber deshabilitado las transferencias en virtud de condiciones contractuales que permiten actuar tras una consulta de las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley o ante la sospecha de actividad prohibida, o una plataforma de intercambio puede haber restringido la cuenta del cliente en virtud de condiciones similares después de recibir dicha consulta.
Otras restricciones requieren una estrategia diferente
Una restricción privada impuesta por una plataforma puede implicar los términos y condiciones de la plataforma, sus procedimientos de resolución de controversias y los derechos aplicables reconocidos por la ley o por el common law. Una congelación impuesta por un emisor exige identificar tanto la actuación técnica como su fundamento jurídico. Una incautación gubernamental requiere atención inmediata a la orden de registro o incautación, a los procedimientos relacionados y a los plazos aplicables en materia de decomiso.
La Guiding and Establishing National Innovation for U.S. Stablecoins Act (la «GENIUS Act») añadirá otra dimensión a las congelaciones impuestas por emisores. Una vez que entren en vigor sus disposiciones pertinentes, un emisor autorizado de monedas estables de pago solo podrá emitir dichas monedas si tiene la capacidad tecnológica para cumplir, y cumplirá, los términos de cualquier orden lícita. 12 U.S.C. § 5903(a)(6)(B). Sin embargo, esto no significa que toda congelación impuesta por un emisor se base en una orden lícita.
Conclusión
Cuando una plataforma de intercambio congela una cuenta, la tarea inmediata consiste en determinar quién impuso la restricción y por qué. Los abogados deben solicitar el fundamento jurídico declarado por el titular, preguntar si los bienes fueron comunicados a OFAC y determinar si existe una orden de registro, una resolución judicial o una restricción contractual. Las respuestas permitirán identificar el siguiente paso adecuado: una solicitud de licencia de OFAC, una corrección iniciada por el titular, una petición de exclusión de la lista, un procedimiento privado de resolución de controversias o una respuesta en un procedimiento de decomiso.
Una cuenta congelada es un síntoma, no un diagnóstico. Hasta que se conozca el fundamento jurídico, el propietario no puede saber quién tiene autoridad para liberar los bienes ni dónde debe solicitar reparación. Obtener correctamente ese diagnóstico desde el principio puede evitar meses dedicados a perseguir el recurso equivocado ante el responsable equivocado.
Por John Q. Foster, Diaz Reus International Law Firm
Suscríbase a nuestro newsletter:
Nuestra presencia en redes sociales