Maria Victoria Vuculet

Argentina
  

CNV: proyecto de reforma al régimen de colocación primaria de valores negociables

07 de Septiembre de 2026

Bomchil | El 22 de julio de 2026, la Comisión Nacional de Valores ("CNV") dictó la Resolución General N° 1157/2026 (la "RG 1157"), mediante la cual sometió a consulta pública un proyecto para modificar el régimen aplicable a los procesos de colocación primaria de valores negociables. La propuesta tiene por objeto fortalecer la transparencia, la adecuada gestión de conflictos de interés y la protección del público inversor (el "Proyecto").

Entre sus principales novedades, el Proyecto incorpora las definiciones de "Agente Colocador Principal" o "Bookrunner", entendido como el agente responsable de llevar el libro de ofertas y de impartir la instrucción definitiva de adjudicación; "Agente Interviniente", definido como todo ALyC o AN que ingrese ofertas o manifestaciones de interés, sea por cuenta de terceros o de su cartera propia —restringida y ampliada—; "Agentes Colocadores", que comprende a cualquier ALyC o AN designado para actuar como colocador; y "Sujetos Intervinientes", que incluye a todo participante del proceso de colocación primaria, entre ellos la emisora, la sociedad gerente o el fiduciario financiero, los organizadores y colocadores, y los mercados.

Con el objeto de reforzar la supervisión de los procesos de colocación primaria, el Proyecto establece que los mercados deberán garantizar a la CNV acceso directo y permanente a los sistemas utilizados para la colocación primaria, incluyendo la visualización en tiempo real de las ofertas, modificaciones, cancelaciones y adjudicaciones. Asimismo, deberán remitir, al cierre de cada colocación, un archivo con toda la información de la operación, con el objetivo de estandarizar el reporte de datos.

El Proyecto también establece que los Agentes Colocadores no podrán percibir de los inversores comisiones o cargos adicionales por su participación en el proceso de colocación. A su vez, dispone un deber general para los Sujetos Intervinientes de adoptar medidas destinadas a prevenir, identificar y gestionar conflictos de interés, a fin de resguardar la transparencia y el trato igualitario entre los inversores. Asimismo, limita el ingreso de ofertas o manifestaciones de interés correspondientes a la cartera propia —restringida y ampliada— de los Agentes Colocadores a los 45 minutos previos al cierre de la subasta, licitación o formación de libro, condicionándolo a la insuficiencia de ofertas de terceros. En los procesos de formación de libro, dichas manifestaciones tampoco podrán cursarse a través de colocadores o agentes del exterior.

Entre otros ajustes, el Proyecto propone reducir a 30 minutos el plazo máximo para ingresar al libro las ofertas o manifestaciones de interés recibidas; incorporar un mecanismo de conversión de moneda extranjera, al tipo de cambio de referencia del BCRA, para el cálculo del porcentaje máximo de obligaciones negociables colocadas privadamente admisibles en canjes de refinanciación; y exigir la publicación del contrato de fideicomiso suscripto entre la documentación a difundir junto con la autorización definitiva de oferta pública de fideicomisos financieros.

La CNV fijó un plazo de 15 días hábiles para la recepción de comentarios a través de su sitio web, contado desde la publicación de la RG 1157 en el Boletín Oficial, cuyo vencimiento operó el 18 de agosto de 2026. En consecuencia, las modificaciones descriptas constituyeron, en el marco de la consulta pública, un texto proyectado que aún no se encontraba vigente.

bomchil.com

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